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Domiciliación bancaria de recibos

Los tributos que se cobran periódicamente , como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM), la tasa por vado o la tasa por servicio de cementerios, pueden domiciliarse.

En el calendario del contribuyente de cada ejercicio, puede consultar la fecha del cobro domiciliado, en un único recibo, excepto por el IBI y el IAE que la cuota se fracciona en 4 plazos.

Para que la domiciliación surta efectos , las órdenes de domiciliación bancaria de los tributos deberán tramitarse con una antelación mínima de 2 meses, antes del comienzo del período de cobro. En caso contrario, la domiciliación surtirá efectos para el ejercicio siguiente.

Si la orden de domiciliación no es atendida por la entidad bancaria en la fecha de cobro, la domiciliación se cancelará y no surtirá efectos por recibos posteriores. Para mantenerla deberá presentar una nueva solicitud.

Si el recibo pendiente del ejercicio es una liquidación, no tendrá efectos la domiciliación bancaria. Las liquidaciones se notifican individualmente para comunicar la inclusión en el padrón, un cambio de valores, una regularización tributaria...

 Si en el IBI existe un cambio de uno de los titulares , compruebe que la domiciliación bancaria se mantiene, o vuelva a domiciliar el tributo.

La domiciliación del pago se puede realizar :

 

Presencialmente, de lunes a viernes de 8,30h a 13,30h y jueves tarde de 16 a 18h (agosto, jueves tarde cerrado). 

Para ser atendidos presencialmente se recomienda pedir cita previa (por la web , seleccionando oficina Gestión tributaria , trámite Gestión de los tributos locales; o llamando al tel. 93 483 28 13 o 93 483 28 12, en horario de oficina).

  Telemáticamente, a través del catálogo de trámites de la sede electrónica del Ayuntamiento de Badalona, o a través de la sede electrònica de l'ORGT.
  Telefónicamente, mediante los teléfonos del contribuyente, 93 483 28 13 y 93 483 28 12, en horario de oficina.

En el ORGT se puede consultar el detalle de los tributos que se han pagado por domiciliación durante el año en curso, el año anterior y de los que se cargarán en cuenta en los próximos días. También encontrará otra información relacionada con la domiliciación del pago.

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