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Cementerios

Información relacionada con los trámites funerarios y cementerios de nuestra ciudad

Servicio de cementerios

Dirección: Pl. Asamblea de Cataluña, 9-12



 Llama a 93 483 26 49 / Llama a 93 483 26 50



 Correo a cementiris@badalona.cat


Cementerio de San Pedro

todo el año de 8 a 18h excepto del 1 de julio al 30 de septiembre de 8 a 14h.


Llama a 93 395 30 04


Dirección: Camí dels Xiprers


Cementerio del Santo Cristo


 laborables y festivos de 8 a 14 h. todo el año


 Llama a 93 384 11 56


 Dirección: Ra. Matamoros


INFORMACIÓN GENERAL CEMENTERIOS MUNICIPALES

En los cementerios se dispone de un servicio de escaleras y de llave maestro para abrir los nichos (en caso de no disponer el día de la visita), que se pueden pedir en la oficina del cementerio.

TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES

La presentación de las solicitudes y la documentación requerida por cada trámite se puede aportar a través de las siguientes vías:

Sede electrónica , Catálogo de trámites disponible las 24 horas los 7 días de la semana.

Presencialmente en el Edificio del Vivero, Pl. de la Asamblea de Cataluña, 9-12, bajos, con cita previa .

Oficinas Municipales de Distrito de Badalona, con cita previa ( sólo presentación de solicitudes ).

Fuera del municipio de Badalona, instancia genérica en el Ayuntamiento de su municipio (sólo presentación solicitudes ).

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RENOVACIÓN o RENUNCIA DEL DERECHO FUNERARIO

Previo a la fecha de caducidad del derecho funerario deberá solicitarse la prórroga para 25 años o la renuncia de la concesión. Las concesiones de 25 años podrán ser prorrogables sin que pueda excederse del plazo de 75 años.

La tramitación en ambos casos deberá realizarse antes de la fecha de caducidad de la concesión funeraria .

En los casos de los alquileres de 2/5 años se podrá solicitar una nueva concesión para 25 años inmediatamente que se dé la caducidad del mismo.

Si hubiese que practicar una inhumación justo antes de llegar el plazo de la concesión, ésta deberá ser prorrogada. En estos casos, excepcionalmente, si no se desea renovar la concesión para 25 años más se podrá ampliar por un período de 2 o 5 años.


En el caso de fallecimiento de la persona titular
de la concesión administrativa del nicho es obligatorio que en el período de 2 años se haga el cambio de nombre a favor de un nuevo titular, ya que un derecho funerario no puede ir a nombre de una persona difunta.

Trámites