Si desconoces las acciones propias de esta administración, aquí encontrarás sus atribuciones.

De acuerdo con el arte. 25 de la Ley de Bases de Régimen Local con la redacción dada por la Ley 27/2013 de racionalización y sostenibilidad de la Administración, ejercerá como competencias propias las siguientes:
 
  1. Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión del Patrimonio Histórico. Protección y gestión de vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de edificios.
  2. Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en zonas urbanas.
  3. Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.
  4. Infraestructura vial y otros equipamientos de su titularidad
  5. Evaluación e información de necesidades sociales y atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social
  6. Policía local, protección civil, apercibimiento y extinción de incendios.
  7. Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo urbano.
  8. Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.
  9. Ferias, mercados, lonjas y comercio ambulante
  10. Protección de la salud pública
  11. Cementerios y actividades funerarias.
  12. Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre.
  13. Promoción de la cultura y equipamientos culturales.
  14. Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar con las correspondientes administraciones educativas en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes. La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de educación infantil, primaria o educación especial.
  15. Promoción en el término municipal de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
 
En el ámbito de sus competencias tiene las siguientes potedades:
 
a) La reglamentaria y la de autoorganización.
b) La tributaria y la financiera.
c) La de programación o de planificación.
d) La expropiatoria.
e) La de investigación, de deslinde y de recuperación de oficio de sus bienes.
f) La de ejecución forzosa y la sancionadora.
g) La de revisión de oficio de sus actos y acuerdos.